
Buenos Aires, Argentina. Alerta sanitaria en Argentina el Gobierno nacional ha dispuesto la prohibición absoluta en todo el territorio nacional de la importación, fabricación, comercialización y almacenamiento de determinados juguetes infantiles blandos conocidos popularmente como “squishy” o “squeeze toy”. La medida de carácter preventivo y urgente, busca resguardar la salud de niñas y niños ante el potencial peligro de exposición a sustancias químicas tóxicas presentes en estos artículos.

La medida fue oficializada mediante la Disposición 690/2026 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial. La restricción alcanza de forma directa a figuras de polímero plástico blando diseñadas con formas de “gyoza”, “dumpling” o similares, las cuales se habían vuelto virales y altamente populares entre el público infantil, comercializándose tanto bajo marcas específicas como en versiones genéricas sin declarar fabricante.
Entre las denominaciones comerciales explícitamente mencionadas en la normativa figuran productos como “Squeezy Duplings”, “Dumpling Squishy”, “Dumpling Squishy Viral con Glitter y Orbis”, y “Dumpling Squishy con Steamer Box” la restricción abarca todos los canales de venta disponibles, incluyendo establecimientos comerciales físicos, plataformas digitales, redes sociales y cualquier otro medio de comercio electrónico.
El núcleo de esta drástica decisión recae en la seguridad del producto y los graves riesgos toxicológicos detectados de acuerdo con los considerandos de la disposición, las autoridades recibieron múltiples denuncias y tomaron nota de antecedentes internacionales —como una alerta emitida en el Reino Unido— sobre juguetes importados que podrían contener componentes altamente peligrosos como benceno, ftalatos u otras sustancias químicas en proporciones que superan ampliamente los límites técnicos permitidos por las normas de seguridad nacionales.

Los informes técnicos advierten que dichos compuestos químicos poseen un marcado potencial cancerígeno y mutagénico. Los riesgos para la salud de los menores están asociados principalmente al contacto dérmico prolongado con el material plástico o a la inhalación de partículas y emanaciones tóxicas, lo que motivó la intervención inmediata de los organismos de control del Estado para frenar la exposición de la población infantil.
A raíz de la entrada en vigencia de la normativa, los importadores, fabricantes, mayoristas y minoristas que posean existencias de estos artículos están obligados a retirarlos de circulación de manera inmediata y proceder a su destrucción o descarte seguro conforme a la legislación vigente. Adicionalmente aquellos comercios y empresas alcanzados que dispongan de páginas web o tiendas online cuentan con un plazo de 72 horas hábiles para informar de manera destacada los alcances de esta prohibición a los consumidores, las infracciones a esta disposición serán sancionadas rigurosamente bajo el régimen previsto en la Ley de Defensa del Consumidor, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieren corresponder.
No obstante la prohibición no contempla un veto absoluto para cualquier juguete de características similares quedan exceptuados aquellos fabricantes, importadores o comercializadores que acrediten fehacientemente —mediante declaración jurada de conformidad y las certificaciones técnicas necesarias— que sus productos son totalmente inocuos y cumplen de manera estricta con los reglamentos técnicos de seguridad en juguetes. En el caso específico de la mercadería importada, la Dirección General de Aduanas estará facultada para liberar los productos únicamente tras comprobar el cumplimiento absoluto de dichos requisitos legales finalmente la normativa ordenó notificar la decisión al Ministerio de Salud, a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y a las autoridades de comercio provinciales para coordinar controles estrictos en todo el país.
La implementación de la Disposición 690/2026 representa un paso firme por parte del Estado argentino en la protección de los derechos de los consumidores, priorizando de manera absoluta el bienestar de niñas y niños frente al comercio de artículos potencialmente nocivos. Con la articulación de los distintos organismos de control federales y provinciales, se busca garantizar que ningún producto que incumpla con los estándares de inocuidad permanezca al alcance de la sociedad.
Las autoridades nacionales recordaron que el cumplimiento de esta medida es de carácter obligatorio y recae sobre todos los actores de la cadena comercial, desde los grandes importadores hasta los pequeños comerciantes. Se instó a la ciudadanía a mantenerse informada mediante los canales oficiales y a reportar cualquier irregularidad, reafirmando que la salud pública y la seguridad infantil no son negociables.






